El voluntariado corporativo ya no es una rareza. En el Informe Voluntare 2025, con 236 organizaciones de Europa y Latinoamérica, el 97 % ofrece actividades de voluntariado durante la jornada laboral, frente al 82 % en 2015. Y el 77 % moviliza a más del 10 % de su plantilla, según recoge Corresponsables.
La Ley 45/2015, de Voluntariado, le reconoce a la empresa un papel: promover programas de voluntariado y participar en ellos. Y prevé que la plantilla se incorpore como voluntaria a programas de entidades de voluntariado que colaboran con la empresa. Esta guía explica qué dice la ley, cómo organizarlo con una ONG y qué conviene medir.
Qué dice la ley
La empresa puede promover programas y participar en ellos, siempre que las actividades sean de interés general, estén en alguno de los ámbitos del voluntariado (social, ambiental, educativo, de protección civil y otros) y respeten sus valores y principios (artículo 21.1).
La plantilla participa a través de una entidad de voluntariado. La ley prevé que las personas trabajadoras que decidan participar se incorporen como voluntarias a programas promovidos por entidades de voluntariado en colaboración con la empresa (artículo 21.2).
La empresa no es una entidad de voluntariado. Para serlo hay que carecer de ánimo de lucro, entre otros requisitos (artículo 13). Por eso, cuando la actividad se hace con una ONG, las obligaciones de la ley con cada voluntario son de la ONG: el acuerdo de incorporación, el seguro, la formación y el certificado.
Si la empresa organiza una actividad por su cuenta, sin una entidad de voluntariado, la ley es menos clara: no considera voluntariado las actividades aisladas o esporádicas que se hacen al margen de una entidad (artículo 3.3.a). En ese caso, conviene consultarlo y dejar por escrito, como mínimo, quién asegura a cada persona.
Tiene que ser libre. Participar es una decisión de cada persona (artículos 3.1.b y 21.2). Y hacer voluntariado no puede justificar un despido (artículo 4.1).
¿En horario laboral?
Sí, si la empresa lo facilita. Por regla general, quien trabaja por cuenta ajena hace voluntariado fuera de su jornada (artículo 9.1). Pero las empresas pueden promover, de acuerdo con la legislación laboral y respetando lo acordado en la negociación colectiva, medidas para que su plantilla pueda hacerlo (artículo 20.2):
- reducir o adaptar la jornada;
- suspender la relación laboral con reserva del puesto;
- o interrumpir la prestación, con sueldo o sin él.
Los términos concretos de una reducción o una adaptación de la jornada tienen que constar por escrito (artículo 20.2).
Cómo organizarlo con una ONG
1. Elegir la entidad y la causa. Una entidad de voluntariado con un programa en el que la plantilla pueda aportar algo útil. Conviene partir de lo que la entidad necesita, no de lo que la empresa quiere hacer.
2. Ponerlo por escrito entre la empresa y la entidad. Qué actividad, cuántas plazas, en qué fechas, quién coordina en cada lado, quién paga qué (transporte, material, seguro), qué datos de la plantilla se comparten y qué se va a medir.
3. El acuerdo de incorporación, con la entidad. Cada persona que participa se incorpora como voluntaria a un programa de la entidad (artículo 21.2), y esa relación se establece siempre con un acuerdo de incorporación (artículo 12.1). Lo explicamos en la guía sobre el acuerdo de incorporación.
4. El seguro. Asegurar a los voluntarios frente a los accidentes y la enfermedad es una obligación de la entidad de voluntariado (artículo 14.2.c). Si la empresa lo financia, conviene dejarlo escrito en el acuerdo con la entidad. Qué tiene que cubrir lo explicamos en la guía sobre el seguro de voluntariado.
5. Formación y una persona de referencia. La entidad tiene que dar a los voluntarios la formación necesaria (artículo 14.2.f). Y ayuda que haya alguien de la entidad que conozca la actividad sobre el terreno.
6. El certificado. Lo expide la entidad de voluntariado, cuando la persona lo pida y, en todo caso, al terminar (artículo 24.1).
Una jornada también cuenta
Para la ley, una acción concreta que se hace a través de una entidad también es voluntariado, aunque no forme parte de un programa a largo plazo. Y también lo es el voluntariado a distancia, sin presencia física (artículo 3.4).
Qué conviene medir
Para la memoria de sostenibilidad o de responsabilidad social, estos datos se pueden defender:
- cuántas personas participan y qué parte de la plantilla son;
- cuántas horas hace cada una y en qué actividad, confirmadas por la entidad;
- con qué entidades se colabora y en qué programas;
- los resultados que se hayan acordado con la entidad: por ejemplo, kilos de alimentos clasificados o personas acompañadas;
- la valoración de la entidad y de quienes participan.
Las horas, mejor confirmadas por la entidad que declaradas por cada persona: así se sostienen si alguien las revisa.
En resumen
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Puede una empresa promover voluntariado? | Sí (art. 21.1) |
| ¿Es una entidad de voluntariado? | No: las entidades de voluntariado no tienen ánimo de lucro (art. 13) |
| ¿Quién firma el acuerdo y asegura? | La entidad de voluntariado (arts. 12 y 14.2.c) |
| ¿Puede ser en horario laboral? | Sí, si la empresa lo facilita; los términos, por escrito (art. 20.2) |
| ¿Puede ser obligatorio? | No: participar es libre (arts. 3.1.b y 21.2) |
| ¿Cuenta una jornada suelta? | Sí, si se hace a través de una entidad (art. 3.4) |
Cómo encaja PeopleForPeople
Una empresa verificada puede publicar en PeopleForPeople las misiones de su programa de voluntariado. La plantilla se apunta desde la app, quien coordina marca sobre el terreno la llegada de cada persona, y las horas validadas sirven para la memoria de RSC o ESG. Lo explicamos en la página para empresas y en informes y certificados.
Lo que la plataforma no cambia es lo que dice la ley: si la actividad se hace con una ONG, el acuerdo de incorporación y el seguro son de la ONG; si la empresa la organiza por su cuenta, conviene dejar por escrito quién asegura a cada persona. PeopleForPeople no asegura a nadie.
Esta guía resume la ley para orientarse; no sustituye al asesoramiento jurídico ni laboral. Las medidas sobre la jornada tienen que respetar además lo acordado en la negociación colectiva de cada empresa.
Fuentes
- Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado (texto consolidado) — Boletín Oficial del Estado.
- El voluntariado corporativo se consolida como pilar estratégico en las empresas, según el Informe Voluntare 2025 — Corresponsables, 9 de diciembre de 2025.



